Este artículo analiza el arbitraje marítimo introducido en Chile por la reforma de 1988 al Libro III del Código de Comercio, como mecanismo obligatorio -si no hay acuerdo en ir a la justicia ordinaria- para resolver controversias derivadas de la navegación y del comercio marítimo. Esta normativa buscó otorgar rapidez, especialización y confidencialidad a la resolución de conflictos jurídicos del sector marítimo. Sin embargo, cuando no existe acuerdo entre las partes, el procedimiento arbitral se aproxima a un juicio ordinario, limitando las ventajas del arbitraje. Este artículo analiza las fortalezas y principales debilidades de este sistema de arbitraje, y propone impulsar su institucionalización para mejorar su eficiencia y adecuarlo a estándares internacionales.